Continuamos explicando los distintos tipos de valores, y en esta entrada del blog seguiremos con el VALOR ASEGURABLE

·VALOR ASEGURABLE

Se entiende por VALOR ASEGURABLE como aquel valor que tiene un bien a la hora de asegurar a la hora de firmar el contrato de seguro. Todos queremos disponer de un seguro barato, y una forma de abaratar los seguros es bajando los capitales de aseguramiento y quitando coberturas, por eso hay que tener cuidado porque puede que creamos que tenemos un seguro barato y en realidad no tenemos cubierto lo que realmente necesitamos.

En el caso de las viviendas,  para una Aseguradora  la diferencia de valor de una vivienda situada en el centro de una ciudad a otra vivienda situada en los extrarradios es mínimo, las aseguradoras valoran la construcción, es decir, los metros, cual puede ser la diferencia de aseguramiento entre una vivienda en el centro y una en las afueras, la calidad de los materiales…

Por ejemplo, una vivienda de 100 metros cuadrados, si se encuentra en el centro de la ciudad se aseguraría a un valor de continente de 120.000 euros. El mismo caso en las afueras, dispondría de un valor de continente de 100.000 euros.

¿Por qué se hace así este cáculo? porque el suelo no se asegura, y el suelo de la vivienda incide en su valor en un porcentaje muy alto.

Siguiendo con el ejemplo anterior, proponemos el siguiente supuesto; tomemos el caso de la vivienda de las afueras, que debería asegurarse por 100.000 euros. ¿Qué ocurre cuando la aseguramos por 50.000 euros, es decir, por la mitad?. Cuando ocurre est,o entramos en lo que se conoce como “infraseguro”. En caso de siniestro, la cantidad a indemnizar seria la mitad, es lo que se conoce como la aplicación de la regla proporcional.

 

La ley admite hasta un 15% de infraseguro, y tenemos conocimiento de que hay sentencias donde un juez no ha admitido el infraseguro, porque según él, la Aseguradora debe saber lo que asegura.

 

Con respecto al contenido es muy curioso lo que ocurre en este caso; las partes es más que el todo. Imaginemos que aseguramos un contenido por valor de 20.000 euros, porque en el momento de firmar la póliza hemos determinado que ése es el valor del contenido. El mobiliario con el tiempo pierde valor muy rápido (un sofá que lleve un año en casa no vale apenas el 10% del valor de compra). En caso de siniestro la aseguradora paga el valor de compra.

El valor asegurable de un bien es lo que vale ese bien a no ser que en la póliza figure otro valor distinto, como puede ser el valor a primer riesgo, el valor real o un valor pactado.

Muchas veces lo que se hace es llegar a un valor inferior a lo que se debería de asegurar, debido a que asegurar el 100% del valor sería muy caro. O en otras palabras, se trata de tener un infraseguro pactado. Esta figura es interesante por ejemplo en aquellos grandes riesgos donde el asegurado sabe que en caso de siniestro se va a tener que hacer cargo de una parte de los daños.

 

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