Servicios
Nuestra formación y experiencia nos convierte en especialistas en cada servicio que ofrecemos. También contamos con servicios de peritación y valoración para empresas y particulares. (leer más)
Valoración de edificios, viviendas fincas rústicas, arbolados, animales, expropiaciones, maquinaria: Informes realizados por ingeniero agrónomo, veterinarios, arquitectos. Informes que pueden ser visados por los colegios profesionales
Valoración de daños: Humedades filtraciones, incendios, robos. Peritación de parte contra dictámenes de Aseguradoras
Valoración de Responsabilidad Civil Construcción: Daños estructurales. Obras mal acabadas o con defectos.
Valoración de empresas: Utilizando los métodos de descuento de flujo de caja. Aplicación de múltiplos. Valoración de lucro cesante o pérdida de beneficios.
Peritación de Automóviles: Daños por impacto, valor venal, avería mecánica, reconstrucción de accidentes.
Comisarios de Averías: Daños en mercancías, contenedores, cascos, embarcaciones, transporte en general
Peritaciones informáticas: Peritaje de un sistema informático dañado por un siniestro. Análisis de fallos de programa.
Valoración de antigüedades: Joyas, muebles, pinturas libros.
Valoración del daño corporal: Secuelas, lesiones en accidentes de trabajo, de trafico, incapacidades, dependencias. Investigación de accidentes laborales. En caso de accidente es obligación del empresario realizar la investigación.
Valoraciones psicológicas: Baremo de secuelas de accidentes, daños morales. Informes de balística. Informes de daños por olores.
Es un documento o informe que lo realiza un técnico. La finalidad es adaptar el riesgo asegurado a la necesidad real del asegurado..Este en todo momento sabe hasta donde llegan las coberturas de las pólizas contratadas. Es decir el asegurado tiene la certeza exacta de lo que asegura. (leer más)
Para realizar este documento se siguen unos pasos que son:
Estudio de la situación actual de las pólizas: En este capitulo se estudia lo que esta contratado y esta en vigor. Es una parte donde se puede empezar a trabajar con lo que se ha hecho hasta ahora..También se estudia el histórico de las pólizas y de la siniestrabilidad
Valoración : Se realizan informes de valoración de cada uno de los riesgos, vehículos inmuebles e,t,c. La valoración se hace con valores reales o con valores de reposición, o dando valor nulo a ciertos bienes..Siempre se valora a valor de seguro. También se valora la actividad del asegurado y sus puntos mas débiles para asegurar, por ejemplo Responsabilidad Civil de la actividad, cruzada, locativa. e.t.c.
Confección de las coberturas y garantías en función de los riesgos del cliente: Es el cliente el primer interesado en dar a conocer donde el cree que puede ser las coberturas mas interesantes. Una vez estudiadas esta propuestas hacemos las que desde nuestro punto de vista creemos mas interesantes y se las proponemos al cliente.
Redacción de las pólizas, infraseguros franquicias etc: El ajuste de polizas y de capitales es donde se puede ver la necesidad de autoasegurar parte del riesgo o de proponer el no aseguramiento de ciertos riesgos. También es donde se propone las franquicias y se calcula y negocian los infraseguros por ejemplo un 15% de infraseguro que admite la ley
Implantación de aplicación informática: Es una herramienta diseñada específicamente para la resolución de siniestros, reclamaciones. Donde esta adjuntada toda la documentación, fotos informes facturas pólizas jurisprudencia, etc… Es una ayuda para la resolución de siniestros.
Coste del servicio: Esta en función del patrimonio y volumen de primas de la empresas. A modo de ejemplo la ultima empresa que hemos hecho el trabajo, el volumen de primas era de 25.000 euros el ahorro después del informe fue de 5.000 euros y el coste de nuestros servicios fue de 1.500 euros.
Beneficio del servicio: Lo beneficioso de este procedimiento es múltiple, por un lado se adaptan las garantías. a la necesidad aseguradora de riesgo, optimizando de esta manera cada póliza, y no incurriendo en la duplicidad de garantías, de las mismas, y por ultimo las ventajas económicas, puesto que la supervisión de las diferentes pólizas, ajustando y acondicionando, las garantías a cada riesgo, se convierte en un precio a la baja de la prima.
Otro beneficio es convertirse en cliente que va a comprar a indicándole a la aseguradora lo que se necesita y no lo que quiere vender la aseguradora. Es una forma distinta en la contratación del seguro tanto el Corredor como la Compañía ofertan según las condiciones nuestras. En definitiva es una forma mas profesional de contratar seguros.
ARBITRAJES PARA OBRAS - GPNOR ofrece a sus clientes a través de su filial INSPECTALIA un servicio de arbitraje orientado a Administradores de Fincas. El arbitraje para obras consiste en firmar un contrato entre el constructor, el cliente y la empresa de arbitraje. La finalidad del arbitraje es resolver los conflictos de forma extrajudicial. (leer más)
CÓMO ES EL PROCEDIMIENTO:
La empresa constructora y el cliente acuerdan unas obras a realizar y unas condiciones como plazo, precio, limpieza después de obras etc. Estas condiciones son las que se van a arbitrar mediante un contrato de arbitraje con INSPECTALIA, una empresa ajena en caso de conflicto.
El árbitro será una persona física.
Si durante las obras o al finalizar surgen discrepancias, INSPECTALIA realiza una primera labor de mediación es esta fase se recoge información y se intenta resolver el conflicto. En el caso que no sea posible INSPECTALIA envía un técnico independiente que verifica lo que provoca el conflicto y realiza un informe. Con el informe se emite un laudo a lo que las partes se acogen.
BENEFICIO PARA EL ADMINISTRADOR Y LA COMUNIDAD:
El administrador se encuentra liberado de todas las gestiones que surjan de las controversias de las obras. Todo este trabajo de atender a las quejas de vecinos, constructora e.t.c, queda liberado. Las quejas están en manos de una empresa externa y especializada en la resolución de problemas constructivos. La comunidad tiene una herramienta de gestión de los conflictos que es rápida y económica.
En el momento que hay un contrato de arbitraje esto ya disuade de realizar cualquier mala actuación.
CASOS MÁS COMUNES DE ARBITRAJE:
·ARBITRAJE EN OBRAS QUE NO HAY TECNICO. En estas obras son la constructora y el cliente las que acuerdan el arbitraje. Las discrepancias pueden surgir por un mal acabado por no corresponderse lo que se está haciendo con lo presupuestado, modificaciones no acordadas, deficientes acabados etc.
·ARBITRAJE EN OBRAS QUE HAY TECNICO. Las discrepancias en este caso pueden estar entre el técnico y la constructora o cliente y técnico o los tres y son los tres los que firman el arbitraje.
COSTE DEL ARBITRAJE:
Los costes de los peritajes son orientativos;
- Redacción del contrato y estudio de las condiciones: 250 euros.
- Redacción de informe pericial y laudo (obras sin técnico): entre 150 y 350 euros.
- Redacción de informe pericial y laudo (obras con técnico): entre 150 y 550 euros.
Nota: Estos precios pueden variar en función de la dificultad de las labores periciales, solicite más información sin compromiso
QUIÉN PAGA EL ARBITRAJE:
La redacción del contrato, el estudio de las condiciones la redacción de los informe y el laudo se descuenta de la liquidación de la obra.
GPNOR tiene amplia experiencia en las inspección de mercancías además de inspecciones acústicas, y inspecciones con cámara termografica. (leer más)
Inspecciones de mercancías:
En el puerto, aguacates, peras, uvas.etc.
Control de la cadena de frio.
Patologías del fruto
Inspección con cámara termografia:
Detección de humedades ocultas, fallos estructurales.
Sonometrías:
Mediciones acústicas y confección de informe, medición de aislamiento.
El artículo 335.1 de la LEC (Ley 1/2000, de 7 de enero, de Enjuiciamiento Civil) se refiere a la figura del perito y establece que:
«Cuando sean necesarios conocimientos científicos, artísticos, técnicos o prácticos para valorar hechos o circunstancias relevantes en el asunto o adquirir certeza sobre ellos, las partes podrán aportar al proceso el dictamen de peritos que posean los conocimientos correspondientes o solicitar, en los casos previstos en esta ley, que se emita dictamen por perito designado por el tribunal.»
Artículo 343 – Tachas de los peritos. Tiempo y forma de las tachas.
- Sólo podrán ser objeto de recusación los peritos designados judicialmente.
En cambio, los peritos no recusables podrán ser objeto de tacha cuando concurra en ellos alguna de las siguientes circunstancias:
- Ser cónyuge o pariente por consanguinidad o afinidad, dentro del cuarto grado civil de una de las partes o de sus abogados o procuradores.
- Tener interés directo o indirecto en el asunto o en otro semejante.
- Estar o haber estado en situación de dependencia o de comunidad o contraposición de intereses con alguna de las partes o con sus abogados o procuradores.
- Amistad íntima o enemistad con cualquiera de las partes o sus procuradores o abogados.
- Cualquier otra circunstancia, debidamente acreditada, que les haga desmerecer en el concepto profesional.
En el Artículo 335.2 se dice: Al emitir el dictamen, todo perito deberá manifestar, bajo juramento o promesa de decir verdad, que ha actuado y, en su caso, actuará con la mayor objetividad posible, tomando en consideración tanto lo que pueda favorecer como lo que sea susceptible de causar perjuicio a cualquiera de las partes, y que conoce las sanciones penales en las que podría incurrir si incumpliere su deber como perito.
No dude en ponerse en contacto con nosotros para resolver cualquier consulta, estamos a su disposición en el teléfono 94 442 5359 o en el correo electrónico gpnor@gpnor.com
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