16 Dic 2019
diciembre 16, 2019

PRESUNCION DE INOCENCIA

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Nunca hay denuncias falsas…hasta que las hay

Recientemente se ha revelado el fallo de la sentencia de uno de ésos casos mediáticos que versan sobre un tema del que la gente, y en particular determinados colectivos, están muy concienciados en estos últimos tiempos. El caso en cuestión trata sobre la supuesta violación de una entonces menor de edad a manos de tres jugadores de un equipo de fútbol que apenas alcanzaban la mayoría de edad en el momento de los hechos.

La condena de estos tres agresores sexuales ha sido, qué duda cabe, ejemplarizante. Una condena como de hecho jamás se había visto en este país. 38 años de cárcel para cada uno. La condena llama la atención por tres motivos: el primero, más obvio, es por la magnitud desmesurada de la misma. Ha habido imputados por asesinatos probados y dolosos que han obtenido condenas mucho menores. Incluso casos de violación, con posterior asesinato de la víctima, que no se han acercado ni de lejos a tamaña condena.

Lo segundo que llama la atención de esta condena es lo increíblemente única que ha sido. En otras violaciones o abusos sexuales, con hechos totalmente probados, nunca se había castigado de esta manera a los culpables. En algunos casos, que todos conocemos, incluso se les puso en libertad, porque “no había riesgo de fuga”, aunque luego se fugaron a los dos días de su puesta en libertad, y así, hasta hoy (y sin que esto haya concitado la menor indignación de los colectivos concienciados con estos casos, cosa curiosa)

Lo tercero es que se han vulnerado los derechos fundamentales de los acusados, empezando por la presunción de inocencia, que es un principio elemental en el derecho de todo país democrático y que los colectivos antes mencionados, ante determinados casos similares pero con otros protagonistas distintos (protagonistas de otra raza o religión mayormente) enseguida claman al cielo exigiendo que sea considerado y no se culpe a nadie sin que se haya probado de forma inequívoca. En este caso mediático, en cambio, esta presunción de inocencia ha desaparecido: los culpables lo fueron desde el primer momento, olvidándose todos de que en este país, se debe probar la culpabilidad, y mientras no sea así, los acusados de un delito son inocentes. En eso consiste el principio jurídico de la presunción de inocencia, que con tanta celeridad y eficacia aplican los jueces en otros muchos casos no tan mediáticos o que no interesan tanto a ciertos colectivos. Aquí las tornas se han cambiado: los acusados son culpables, y tuvieron que ser ellos quienes probaran su inocencia. Cosa imposible cuando ya de entrada eres culpable.

Esta sentencia marca pues un peligrosísimo antecedente, que en efecto llegará a ser ejemplarizante, pero quizá no en el sentido que los jueces que la han dictado pretendían (o tal vez sí, quién sabe…) A partir de ahora, la presunción de inocencia, un derecho fundamental que tanto costó alcanzar, deja de existir. Cualquier persona puede acusar de un crimen a otra, y la acusada es culpable solo porque alguien así lo ha dicho. Como en el caso de estos tres jóvenes, importarán poco las pruebas que desmontan las falacias de la supuesta víctima, la existencia de testigos, o las contradicciones en el relato de la propia víctima. Nada de eso es tenido en cuenta cuando estamos sentenciando a personas que han sido culpables desde el mismo instante en que así se determinó en el circo mediático que surge cuando a ciertos colectivos les interesa (no en otros casos aún más sangrantes y graves, que pasan desapercibidos porque no interesan, y en éstos, sí, hay que acogerse a la presunción de inocencia de los culpables incluso cuando hay sobradas pruebas que los incriminan de verdad)

El antecedente que deja esta sentencia es que una chica, ahora, puede literalmente inventarse sus acusaciones y arruinarles sus vidas a tres chavales, simplemente porque le apetecía hacerlo, y tener la certeza de que el jurado sólo tendrá en cuenta su palabra, al margen de cualquier otra prueba o declaración. Cuando la presunción de inocencia deja de existir, como parece ser que dejará de hacerlo (repetimos, solo cuando interesa, por supuesto), es cuestión de tiempo que las denuncias falsas se multipliquen por doquier.

Pero naturalmente, los órganos oficiales, dominados por determinados colectivos con intereses económicos muy potentes por detrás, seguirán insistiendo en que las denuncias falsas no existen. Y es cierto que no existen: nunca las tomarán en cuenta para sus estadísticas oficiales. Al fin y al cabo, los denunciados son culpables sí o sí desde el primer momento. Por lo tanto, no hay denuncia falsa. Sólo acusación.

¿Llegará el día en que una persona pueda ser enviada a la cárcel varios años incluso sin necesidad de un juicio, sólo con una simple acusación? Pensándolo un poco, igual no es algo tan negativo, después de todo: así nuestros jueces podrán descansar más, y la justicia ya no será tan lenta, supongo…

 

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