Muchas veces cuando una comunidad de vecinos tiene una poliza contratada cubre los daños de la comunidad y los daños en el interior de viviendas y locales.

 

Para las pólizas de comunidad los daños en un local o en una vivienda se cubren la totalidad a excepción de la parte alícuota de ese local o vivienda con la comunidad.

Por ejemplo, un siniestro que desde un elemento comunitario se moja una vivienda y los daños son de 10.000 euros. Pues bien, la póliza de la comunidad cubriría la totalidad de los 10.000 euros a excepción de la parte que corresponde a esa vivienda con la comunidad. Imaginaros que sea el 10%, pues bien, cubriría 9.000 euros. ¿Quién cubriría esos 1.000 euros? Sería responsabilidad del vecino afectado o en su caso de la póliza de hogar de esa vivienda.

¿Por qué ocurre esto? Simplemente porque para la póliza de la comunidad la vivienda afectada no es tercero frente a la comunidad, sino parte de esta.

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